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La Fiscalía solicitó que la Corte Suprema condene a 12 años de prisión a la exmandataria Cristina Kirchner por asociación ilícita. El fiscal general, Mario Villar, presentó la petición al apelar la decisión de la Cámara de Casación Penal que confirmó la sentencia a la exmandataria en el expediente por la asignación de obra pública a los empresarios K.

 

 

 

 

Desde la fiscalía habían argumentado que el fallo de Casación «repite lo que dijo» el Tribunal Oral Federal N°2, el cual condenó a la expresidenta, que “no contesta las críticas que hizo el fiscal general a esos argumentos” y que “en esa medida es arbitraria y esto habilita el recurso a la Corte”.

 

 

 

El año anterior, Casación confirmó la sentencia a Cristina Kirchner de seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para ocupar puestos públicos, al hallarla culpable de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública” en la causa Vialidad.

 

 

En su dictamen, por unanimidad, los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña rechazaron la petición del Ministerio Público Fiscal de utilizar la figura de asociación delictiva en el caso.

 

 

 

En la apelación, Villar sostuvo la sentencia de Casación, solicitando a la Corte que sentencie a Cristina Kirchner a 12 años de prisión por la causa de Vialidad: “El delito de asociación ilícita se caracteriza por castigar la membresía, o la actuación como miembro de ésta, sin necesidad de que se ejecuten los hechos planificados. Entonces: ¿cómo se explica que traten de excluir la aplicación de este tipo penal por cómo se tratan jurídicamente los hechos cometidos posteriormente? La Cámara de Casación no lo contesta».

 

 

 

 

 

Además, el fiscal cuestionó: “La principal arbitrariedad que exhibe la sentencia en crisis radica en la confirmación de la absolución de Lázaro Báez, Cristina Kirchner, Julio de Vido, Julio López y Nelson Periotti por el delito de asociación ilícita”.

 

 

 

 

Villar sostiene que: “Según se probó suficientemente en el debate, ellos junto al fallecido expresidente Néstor Kirchner , instauraron y tomaron parte en una matriz de corrupción que, mediante la división de roles definidos estratégicamente (dentro y fuera de la estructura administrativa del Estado), la cual fue sostenida ininterrumpidamente a lo largo de más de 12 años y estuvo orientada a cometer múltiples delitos para detraer y apoderarse ilegítimamente de millonarios fondos públicos».

 

 

 

 

 

“En efecto, no se trata únicamente de ‘irregularidades en algunas licitaciones’, sino de una estructura de poder jerarquizada, destinada a sustraer de modo sistemático fondos reservados a la obra pública”, explica el fiscal.

 

 

 

 

 

Además el fiscal mencionó “se tuvo suficientemente por probado” que Cristina Kirchner, De Vido, López, Periotti y Báez “se agruparon para cometer delitos, prepararon las condiciones y los ejecutaron a lo largo de 12 años, a partir de distintos aportes realizados tanto desde el sector público como privado”.

 

 

 

 

 

El fiscal tomó en cuenta con referencias al delito de asociación ilícita. “En lo que a las exigencias del tipo penal consagrado en el art. 210, CP respecta, ellos estrecharon y mantuvieron de manera sostenida en el tiempo un acuerdo de voluntades para cometer diversos delitos, identificados algunos de éstos como defraudaciones, según los art. 173 y 174.5, CP”.

 

 

 

 

Villar afirmó que “la asociación ilícita se aplica a los traficantes de drogas, a los tratantes de personas, a los ladrones en banda, a líderes de las llamadas organizaciones sociales y a causas por delitos de lesa humanidad, pero no a políticos».

 

 

 

 

“Coincidentemente, hubo declaraciones de algunos políticos (algunos de ellos funcionarios) en contra de la aplicación de este tipo penal una vez conocida la acusación fiscal y antes de la sentencia”. Consideró que “el caso amerita una respuesta que no sea una repetición de la sentencia de instancia, sin atender los argumentos del término de oficina y la audiencia». Cerró Villar.

 

 

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