El Municipio de Cerro Azul modifico una ordenanza con la cual restringe los horarios de los comercios y la circulación de personas no esenciales ante el avance de casos de COVID-19, en una ordenanza que tiene vigencia hasta el 22 de enero del corriente año.
A través de la Ordenanza 043/2021 ya se había prohibido la circulación innecesaria, también las actividades culturales, religiosas, deportivas, sociales y recreativas donde se aglomeren personas, tanto en espacios públicos como privados.
En la ultima sesión del Honorable Concejo Deliberante, se agrego un articulo que tiene que ver con los horarios que no podrán circular las personas no esenciales y en que los comercios deberán permanecer cerrado. Este horario sera 22 a 06:00 Hs.
Están exceptuadas de estas actividades restringidas, las caminatas al aire libre; bicicletas, respetando el distanciamiento, el uso de barbijo y los protocolos de seguridad vigentes.
Se restringe el ingreso de personas con niños menores acorde a las medidas de un metro cuadrado en los locales comerciales para evitar aglomeración de personas.
Los bares y restaurad deberán implementar servicios de delivery.
El uso de barbijo sera de carácter obligatorio y las reuniones familiares sera de máximo diez personas.
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