Según informó la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes , el niño de Apóstoles entro en el Sistema Provincial de Acogimiento Alternativo.

 

 

 

 

Luego que se vitalizar en los medios, la situación en que un niño de la ciudad de Apóstoles, anduviera por las calles en la madrugada tratando de vender sus productos, tomó intervención la Dirección de Niñez de Apóstoles y la Directora de Infancia de la Provincia, Jasmine Revinski.

 

 

 

 

 

 

Mediante el Sistema Provincial de Acogimiento Alternativo, lograron encontrar una familia de acogida.

 

 

 

 

«Para los que todavía no lo saben, en estas situaciones se hace foco en la figura del acogimiento familiar para que este niño esté en resguardo. Por lo que establece esta ley, mencionada, no puede estar en el registro de adopciones, sino que se determina
teniendo en cuenta el registro provincial de familias del Sistema de Acogimiento
Familiar. Se está trabajando en conjunto con el Juez de Primera Instancia, Juan Manuel Lezcano y las fuerzas de seguridad». Explican desde la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes.

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Qué pasos tiene que realizar una persona o familia interesada en ser familia de
acogida?

 

 

 

 

Las familias interesadas en participar del Sistema de Acogimiento Familiar Alternativo en primer lugar deben contactarse con la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, por medio de las siguientes vías:

 

 

 

– Llamando al 376-4433019

 

 

 

 

–Escribiendo al correo: defensoriadennya.misiones@gmail.com o familiadeacogidamisiones@gmail.com

 

 

 

– Completando el formulario de contacto: https://forms.gle/UyWq4EgnzmH7smkD7

 

 

 

En segundo lugar, las familias interesadas deben cumplir con una serie de requisitos que establece la Ley II- N°36, los cuales son informados y detallados en la primera entrevista tras previa comunicación con la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Esos requisitos son:

 

 

 

 

1) Tener domicilio en la provincia de Misiones, con una residencia de, por lo menos,
dos (2) años.

 

 

 

 

2) Tener más de veinticinco (25) años de edad, cualquiera sea su estado civil, y una diferencia mínima de quince (15) años de edad con el niño, niña y adolescente.

 

 

 

 

3) Presentar certificado de antecedentes penales;

 

 

 

 

4) Presentar certificado de Libre Deuda Alimentaria, conforme Ley IV – N.o 31 (Antes Ley 3615);

 

 

 

 

5) Presentar certificado de aptitud psicofísica expedido por profesionales de la salud del ámbito sanitario público;

 

 

 

 

6) Presentar constancia o declaración jurada de ingresos;

 

 

 

 

7) Acreditar residencia en vivienda propia o en locación;

 

 

 

 

8) Acreditar la realización de actividades de capacitación que determine la Autoridad
de Aplicación;

 

 

 

 

9) Presentar acuerdo de aceptación de ingreso al Sistema, suscripto por los miembros del grupo familiar.

 

 

 

 

 

10) No estar inscripto en el Registro Único de Aspirantes a la Adopción Misiones (RUAAM)

 

 

 

 

 

Por Revista Enterate

Panel principal de periodista de Revista Enterate

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