Un juez porteño prohibió difundir audios atribuidos a Karina Milei y autorizó allanamientos a medios. FOPEA advierte sobre censura previa y un grave ataque a la libertad de prensa.
El país sumó un nuevo capítulo de tensión entre el poder y la prensa. Un juez civil de Buenos Aires prohibió difundir audios atribuidos a Karina Milei, hermana del Presidente y secretaria general de la Presidencia. La decisión, celebrada en silencio por el Gobierno, fue duramente cuestionada por el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), que no dudó en tildarla de censura previa, algo prohibido por la Constitución y por tratados internacionales.
La medida cautelar fue dictada por el juez Alejandro Patricio Maraniello, quien ordenó frenar la difusión de audios supuestamente grabados dentro de la Casa Rosada. El argumento oficial sostiene que se busca proteger la intimidad de la funcionaria y evitar un daño político al Gobierno. Pero la Justicia no investigó si esas grabaciones fueron obtenidas de manera ilegal antes de bloquear su publicación.
Para FOPEA, se trata de un retroceso peligroso: la libertad de expresión se defiende con responsabilidades posteriores, nunca con mordazas preventivas. Y recuerdan que Karina Milei es una figura pública, cuyos actos dentro de un edificio del Estado no pueden esconderse detrás de la “vida privada”.
FOPEA recuerda que los periodistas están sujetos a responsabilidades civiles y penales posteriores, derivadas del ejercicio pleno de la libertad de expresión. Cualquier medida preventiva o restrictiva que impida ese derecho, como en este caso una decisión judicial, constituye un acto de censura previa y resulta incompatible con las normas constitucionales vigentes. Aún más, el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos prohíbe la censura previa, salvo en casos muy específicos que involucren, por ejemplo, la seguridad nacional: Dice el comunicado
Como si fuera poco, el caso se mezcló con otro movimiento inquietante: la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, pidió allanamientos en la sede del canal de streaming Carnaval, apuntando contra periodistas como Mauro Federico y Jorge Rial. La excusa oficial es que no fue una “filtración casual”, sino un plan organizado para alterar el proceso electoral. Para los defensores de la libertad de prensa, esto suena más a intimidación que a justicia.
Karina Milei es una funcionaria de alto rango y los actos que realice dentro de un edificio público, como la Casa Rosada, salen de la esfera privada.
Esta decisión judicial se da en paralelo al pedido de allanamiento del Ministerio de Seguridad en la sede del canal de streaming Carnaval. Según la demanda, «no se trata de una filtración casual, sino de un ataque planificado que apunta directamente al núcleo de la democracia argentina que es el proceso electoral». Se plantea que el objetivo de la difusión de los audios es «generar caos, desinformación y condicionar ilegítimamente las próximas elecciones legislativas», y se menciona a los periodistas Mauro Federico y Jorge Rial. En ese sentido, cualquier allanamiento o medida de estas características puede transformarse en un acto intimidatorio para la libertad de expresión, tal como lo establecen distintos parámetros internacionales.
La polémica ya escala a nivel internacional: la Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración de Chapultepec son claras al respecto —la censura previa es incompatible con la democracia. Sin libertad de prensa no hay control ciudadano ni acceso a información de interés público.
FOPEA pidió que la Justicia dé marcha atrás con la medida y exigió al Gobierno que detenga lo que consideran un acoso directo contra periodistas y medios de comunicación. La pregunta que flota es incómoda: ¿qué es más grave, un audio filtrado o un Estado que calla a la prensa?
