La normativa, presentada por el presidente del HCD Helard Aníbal Feltan, prohíbe que SADAIC y AADI-CAPIF exijan el pago de derechos en fiestas o reuniones que se realicen en espacios privados, ya sea de ocupación permanente o temporal.


El Honorable Concejo Deliberante de Leandro N. Alem, sancionó la ordenanza que adhiere al Decreto Nacional N° 765/2024, que reglamenta la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual.

 

La normativa aprobada este martes, prohíbe el cobro de derechos de autor por parte de entidades como la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (AADI-CAPIF) en eventos de carácter privado.

 

El proyecto es autoría del presidente del Concejo Deliberante, Helard Aníbal Feltan, del Frente Renovador de la Concordia.

 

De este manera, se prohíbe que dichas entidades exijan el pago de derechos en fiestas o reuniones que se realicen en espacios privados, ya sea de ocupación permanente o temporal.

 

Esta disposición impacta en eventos familiares, fiestas sociales y reuniones organizadas en salones alquilados para la ocasión, eximiéndolos del pago de derechos intelectuales

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