Fuentes oficiales informaron que mañana el Gobierno Nacional publicará en el Boletín Oficial un decreto que desregula los servicios de Transporte Automotor de Pasajeros de media y larga distancia.
La medida traerá beneficios para todos los involucrados en el sector, ya que permitirá la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros y la libertad para que los transportistas elijan los recorridos, horarios, precios y duración de los servicios.
La nueva norma impulsada por los ministerios del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, sustituye a la anterior que llevaba más de 30 años vigente.
La desregulación busca modernizar y liberalizar el transporte de pasajeros para que se ajuste a las necesidades actuales del transporte.
Se establece el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el cual es gratuito, de libre acceso en línea, con el objetivo de facilitar la gestión de trámites para los transportistas, ahorrándoles tiempo y promoviendo la transparencia en el sector.
Las empresas y transportistas ya registrados no necesitan volver a registrarse. Las nuevas empresas deben registrarse y, una vez inscritas, podrán empezar a operar automáticamente después de 5 días, gracias a la nueva metodología de «Silencio Positivo» del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Por lo tanto, cuando se alcanza la fecha límite para completar un trámite administrativo, se otorga una extensión para agilizar el proceso y no causar problemas al usuario.
En todos los trámites se cumplen con las normas de seguridad actuales.
Con esta norma, las empresas de transporte podrán determinar de forma libre los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios y lugares de subida y bajada de pasajeros permitidos por la autoridad local. Esto favorecerá la competencia entre empresas, lo que resultará en una mayor oferta de servicios y precios más competitivos que beneficiarán tanto a los usuarios como a las empresas y transportistas.
Deberán proporcionar información sobre la capacidad de transporte, incluyendo el número y tipo de vehículos, la cantidad de asientos, los seguros contratados, la lista de conductores asignados y sus licencias de conducir, la frecuencia de los servicios, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.
En este momento, solo se podrán ofrecer al público servicios que estén registrados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.
La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía será la encargada de implementar esta medida en un plazo de 60 días, una vez realizadas las actualizaciones tecnológicas correspondientes.
Así, el Gobierno Nacional elimina obstáculos innecesarios, facilita una mayor apertura en las condiciones para brindar servicios y acelera los procesos administrativos para que más personas puedan unirse al sector. Este cambio beneficiará a los usuarios al ofrecerles una mayor variedad de opciones en el transporte terrestre, lo que generará más competencia.