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Este lunes, el presidente Alberto Fernández dio a conocer el proyecto de ley “Cuidar en Igualdad” que busca ampliar los derechos de las mujeres embarazadas y no embarazadas, por el cual crea una licencia por adopción y una asignación por maternidad a monotributistas.

 

Lo hizo con la Ministra de la Mujer, Género y Diversidad, .

 

 

La licencia de maternidad, se extenderá de 90 días a 126 días y la licencia de paternidad se extenderá de 2 días a 90 días.

 

 

 

El plan impulsado por el presidente cambia los estatutos de licencias laborales, para la atención relacionada con el cuidado.

 

 

Incluye personal de LCT, servicios agrarios, personal de casas particulares y administración pública nacional.

 

 

 

El proyecto propone desarrollar un Sistema de perspectiva de género Creativo (SINCA).

 

 

Es “un conjunto de políticas y servicios que aseguran la provisión, la socialización, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado, entre el sector público, el sector privado, las familias y las organizaciones comunitarias. También entre todas las identidades de género para que todas las personas accedan a los derechos de cuidar y ser cuidados en condiciones de igualdad”

 

 

 

Además, establece los objetivos que debe perseguir la política de cuidado en general, destinado a una población especifica.

 

 

Promueve la ampliación de los servicios e infraestructura de cuidados “Obliga al Ministerio de Obras Públicas de la Nación a destinar anualmente al menos el 8.5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados del país”.

 

 

Este servicio no supone ningún aumento de la retribución a los empresarios, ya que “se prevé que las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social”.

 

 

 

Otro de los puntos destacados es la creación de un registro de trabajadores sociales remunerados, para facilitar el cambio e implementación de jornadas laborales para necesidades de atención en el sector público.

 

 

Se trata de una iniciativa que tiene que ver con la creación de un registro de trabajadores y trabajadoras del cuidado remunerado con el fin de facilitar la adaptación y la instrumentación de las jornadas laborales a las necesidades de cuidado tanto en el sector público como en el privado

 

 

Por otro lado, reconocen los roles y responsabilidades que forman parte de los servicios de cuidado que brindan salarios íntegros a estas tareas.

 

 

 

También se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados y se elimina la renuncia por presunción. Dice el escrito: “Si el personal gestante, no gestante y adoptante no se reincorpora a su empleo luego de vencidos los plazos de licencia y no comunica a su empleador dentro de las 48 horas anteriores a su fin que se acoge a los plazos de excedencia, el empleador deberá cursar intimación y ya no podrá asumir que la persona renunció”.

 

 

Licencias para futuros adoptantes e hijos con discapacidad

 

 

“Licencias para futuros adoptantes y licencias por adopción. Crea una licencia de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para visitar al niño o adolescente que se pretende adoptar. En caso de adopción, el Proyecto de Ley prevé una licencia de 90 días.”

 

 

“Licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida y la extiende de 3 a 10 días en el caso de que tuviesen hijos menores de edad a cargo”.

 

 

“Incorpora extensiones de las licencias para hijo/as con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas”.

 

 

“Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días por cada hijo a partir del segundo. En los supuestos de nacimiento prematuro, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días. En caso de nacimiento o adopción de hijo con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia se extenderá por el plazo de 180 días”.

 

 

Asignación por maternidad para monotributistas y autónomos

 

 

El proyecto prevé “la creación de una asignación para personas gestantes, personas no gestantes y por adopción. El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del Salario Mínimo Vital y Móvil”.

 

 

También establece el mismo régimen para personas de casa particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.

 

 

 

Modificaciones en las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar

 

 

“Amplía la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente (estos últimos se agregan) y por hijo. Pasa de 3 a 5 días”.

 

 

“Amplía la licencia por fallecimiento de hermano. Pasa de 1 a 3 días”.

 

 

“Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año”.

 

 

“Crea la licencia por violencia de género, de hasta un máximo de 20 días por año”.

 

 

A cuántas personas alcanzaría y beneficiaría la aprobación de esta ley

 

 

Según lo que dice el proyecto, más de 8 millones de personas serían beneficiadas con la aprobación de esta ampliación de licencias.

 

 

  • 5.000.000 personas bajo la Ley de Contrato de Trabajo
  • 450.000 personas bajo el régimen de trabajadoras de casas particulares
  • 350.000 personas bajo el régimen de trabajo agrario
  • 380.000 personas con trabajo autónomo
  • 1.500.000 de monotributistas
  • 400.000 monotributistas sociales
  • 190.000 trabajadoras/es de la Administración Pública Nacional

 

 

Por Priscilia H

Periodista y productora de Revista Enterate MisionesLicenciada en Periodismo, Lic. en Medios AudiovisualesEs editora y productora de Revista Enterate, productora periodistica de "El Resumen de Noticias" de Revista Enterate

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