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Un repaso detallado por el comportamiento de la banca provincial, las internas políticas y los puntos centrales que quedaron en el proyecto.

 

 

La Cámara Alta vivió momentos de altísima tensión legislativa durante la madrugada, en una jornada donde la atención política estuvo concentrada en la actuación de la bancada que representa a Misiones.

En medio de intensas negociaciones, cruces reglamentarios y modificaciones de último momento en el recinto, la representación de la tierra colorada actuó de manera unificada ante una votación trascendental para la agenda nacional, en un escenario atravesado por discusiones territoriales y posturas encontradas.

 

 

Un respaldo unánime de los tres legisladores misioneros

 

 

En una jornada clave para el Poder Ejecutivo nacional, los tres representantes misioneros en la Cámara Alta estamparon su voto a favor de la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.

La postura unificada reunió al senador Enrique Martín Goerling Lara (del bloque PRO / Juntos por el Cambio) junto a los senadores Carlos Omar Arce y Sonia Elizabeth Rojas Decut (ambos pertenecientes al bloque Frente Renovador de la Concordia – Innovación Federal).

 

 

La definición legislativa se dio en un clima de marcadas lecturas políticas a nivel local. Días atrás, el gobernador Hugo Passalacqua se había pronunciado públicamente mediante un video en contra del apartado sobre la venta de campos a extranjeros, sin realizar menciones sobre el resto del articulado de la ley. Sin embargo, tanto Arce como Rojas Decut responden políticamente a la conducción del espacio que encabeza Carlos Rovira. En los pasillos del Congreso aún resonaba el antecedente de la votación sobre la Ley de Ficha Limpia, donde la postura de la bancada provincial también resultó determinante.

 

 

Modificaciones de último momento y capítulos eliminados

 

El trayecto del proyecto hasta llegar al recinto estuvo marcado por fuertes concesiones para garantizar los consensos. El apartado que buscaba liberar la venta de tierras rurales a inversores extranjeros ya había quedado fuera de discusión tiempo atrás, lo que restó tensión sobre ciertos bloques provinciales. En ese marco se dieron situaciones llamativas en el recinto, como el cambio de postura de senadores como el catamarqueño Flavio Fama, quien en mayo pasado había firmado el dictamen de mayoría pero terminó alejándose de la propuesta oficialista.

 

 

 

Asimismo, cuando la sesión entraba en su etapa de definiciones, se confirmó la caída del capítulo 4, enfocado en las reformas a la Ley de Manejo del Fuego. Con estas dos bajas de peso, el proyecto avanzó en su redacción acotada.

 

 

 

 

 

 

Qué establece el texto en materia de expropiaciones

 

El dictamen aprobado introdujo reglas estrictas para las intervenciones del Estado sobre bienes privados:

 

  • Interpretación restrictiva: La declaración de «utilidad pública» deberá interpretarse de manera sumamente acotada. El Estado estará obligado a identificar de forma específica, concreta y fundamentada el fin perseguido, demostrando que la medida es idónea, necesaria y proporcional.

  • Cálculo de indemnizaciones: El pago a los propietarios abarcará únicamente el valor objetivo de mercado del bien y los daños que sean consecuencia directa de la expropiación. Quedan totalmente excluidos los valores afectivos, circunstancias personales, ganancias hipotéticas o el mayor valor que pueda generar el proyecto estatal.

  • Topes al lucro cesante: Se reconocerá la pérdida de ganancias solo si está debidamente acreditada con pruebas objetivas. El monto no podrá superar el 30% del valor del daño emergente, salvo que el afectado demuestre judicialmente un impacto mayor.

  • Regularización dominial: Se contempla que las familias que acrediten la posesión pacífica, continua y pública durante 10 años sobre inmuebles urbanos destinados a vivienda única podrán acogerse al beneficio de regularización para acceder a sus escrituras.

 

Nuevas pautas para alquileres y desalojos

 

En relación a los contratos de alquiler y la restitución de propiedades, el proyecto fija procedimientos y plazos determinados:

 

  • Intimación previa: Ante el no pago del alquiler en viviendas habitacionales, el propietario deberá intimar de manera fehaciente al inquilino otorgando un plazo no menor a 10 días corridos para regularizar la deuda.

  • Validez de notificaciones: El aviso formal podrá ser enviado al domicilio físico establecido en el contrato o al correo electrónico declarado. La notificación será tomada como válida aunque el inquilino intente rechazarla.

  • Trámite judicial agilizado: Una vez cumplido el plazo de intimación o finalizado el contrato, el inquilino debe devolver la propiedad. Si no lo hace, el locador queda habilitado a iniciar la demanda de desalojo por la vía judicial más rápida prevista por la ley.

  • Recepción de llaves: Los propietarios no podrán negarse a recibir las llaves del inmueble ni exigir condiciones para aceptarlas, manteniendo el derecho de reclamar deudas pendientes por vías separadas.