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El Fiscal Marijuán pidió el sobreseimiento de Cristina en la causa «Ruta del dinero K»

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El fiscal Guillermo Marijuán pidió al juez Sebastián Casanello que dicte el sobreseimiento de Cristina Kirchner del caso de lavado de activos en el que ya fue condenado Lázaro Báez.

 

 

 

El caso fue conocido como «La ruta del dinero K», y se inició en abril de 2013. 

 

 

 

 

La red de corrupción y lavado de dinero que habría sido llevada a cabo durante el gobierno de Néstor Kirchner (2003-2007) y continuada por su esposa y sucesora, Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015).

 

 

 

 

Según las investigaciones y denuncias realizadas, la «ruta del dinero K» habría implicado la utilización de empresas y testaferros para desviar fondos públicos y realizar operaciones de lavado de dinero a través de diversas actividades, como la obra pública y la intermediación financiera.

 

 

 

 

El caso cobró relevancia en 2013, cuando el empresario Lázaro Báez, supuesto testaferro de la familia Kirchner, fue investigado por presunto lavado de dinero. A partir de ese momento, se iniciaron múltiples investigaciones judiciales que apuntaron a descubrir la supuesta estructura de corrupción y lavado de dinero.

 

 

 

 

La «ruta del dinero K» ha sido objeto de debate y controversia en Argentina, y ha sido investigada por la justicia. Las investigaciones están a cargo de fiscales y jueces que buscan esclarecer los hechos y determinar si existieron delitos de corrupción y lavado de dinero.

 

 

 

 

Para Marijuán, la operación de lavado de dinero que preparó Báez existió, pero Cristina Kirchner ya no estaba involucrada en ella. El mismo enumeró las operaciones económicas -ofertas- que cada uno realizó y apuntó a algo establecido dentro de la causa: la existencia de decenas de llamadas telefónicas entre los dos (Báez y Cristina). Según las investigaciones del fiscal, hubieron «372 comunicaciones» entre octubre de 2010 y abril de 2013 entre Báez y Cristina Fernández de Kirchner (y sus allegados).

 

 

 

 

La ex presidenta pasó a ser imputada en el caso tras el testimonio de Leonardo Fariña, quien admitió haber lavado dinero en efectivo para Báez. Según el financista estas operaciones sucedieron luego de la muerte de Néstor Kirchner, ocurrida el 27 de octubre de 2010. 

 

 

 

 

En parte de las declaraciones, Fariña había dicho:  «Me llama Lázaro que vaya a Carabelas donde estaban las oficinas de Austral Construcciones la empresa madre del grupo Báez-, voy a Carabelas, me atiende solo y me dice que había venido de hablar con la jefa, que es Cristina Kirchner y que le había preguntado si él estaba sacando dinero al exterior porque desde la embajada de Estados Unidos le habían comunicado eso. A lo cual, él me dice que le responde que de ninguna manera, pero me dice que seamos más prudentes con los movimientos…”.

 

 

 

 

“La realidad es que, a diferencia de otros empresarios, más allá del negocio que tenía en común Néstor Kirchner con Lázaro Báez, Lázaro guardaba parte del dinero de Néstor Kirchner proveniente de los negocios y cuando Néstor muere, Cristina no estaba al tanto de todo lo que Báez tenía. Esto me lo contó Lázaro Báez a mí, como se lo contaba a un montón de personas. Por este motivo, los primeros movimientos de dinero al exterior se hicieron posteriores y muy cercanos a la muerte de Néstor Kirchner. Porque ella junto con su hijo fueron golpeando a los empresarios más emblemáticos amigos del marido reclamando lo que teóricamente era de él, y ahí es donde viene el cortocircuito entre Lázaro Báez y Cristina Kirchner”, dijo Fariña, quien además fue condenado en audiencia oral y pública.

 

 

 

 

Con base en estas declaraciones  y las estadísticas proporcionadas tanto a través de la Unidad de Información Financiera (UIF) como de la Oficina Anticorrupción (OA) ellos como querellantes, durante el gobierno de Mauricio Macri, solicitaron la acusación de Cristina Kirchner. 

 

 

 

 

Marijuán, por su parte, también había pedido la indagatoria de CFK, pero el juez Casanello había rechazado estas solicitudes. 

 

 

 

 

La Sala II de la Cámara Federal de Buenos Aires, ordenó el procesamiento la líder, del Kirchnerismo. 

 

 

 

En septiembre de 2018, la ex presidenta en su indagatoria  negó las acusaciones en su contra. 

 

 

 

 

En noviembre de 2018, el juez dictaminó la falta de mérito y ordenó al fiscal que aporte más elementos probatorios.  Marijuán solicitó que incluyeran llamadas telefónicas coincidentes entre los acusados.

 

 

 

 

A partir de aquella declaración y de datos aportados al expediente tanto de la Unidad de Información Financiera (UIF) como de la Oficina Anticorrupción (OA), pidieron como querellantes -durante el gobierno de Mauricio Macri- la indagatoria de Cristina Kirchner. Marijuán, en tanto, también había pedido la indagatoria. El juez Casanello había rechazado estos pedidos. Fue la Sala II de la Cámara Federal porteña la que ordenó la indagatoria de la titular del Senado. En septiembre de 2018, la ex presidenta fue indagada y negó los cargos en su contra. En noviembre de 2018, el juez le dictó la falta de mérito y ordenó varias medidas de prueba. Y Marijuán solicitó otras -entre las que se halla el cruce de llamadas que se produjeron.

 

 

 

 

 

 

El fiscal se refirió también a la condena que recayó sobre Cristina Kirchner y Báez entre otros por la adjudicación amañada de obra pública vial a las empresas constructoras del empresario. La ex jefa de Estado fue condenada por el delito de administración fraudulenta a la pena de seis años de prisión por el Tribunal Oral Federal 2. La sentencia fue apelada.

 

 

 

La decisión final 

 

 

 

 

En su dictamen, Marijuán señaló: “Claramente, esta sentencia ratifica que el dinero ilícito de Lázaro Antonio Báez provenía mayoritariamente de la asignación irregular de obra pública con la que fue beneficiado por los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner”.

 

 

 

 

 

Fue entonces cuando el fiscal criticó el fallo dictado por dos jueces de Casación al momento de revisar la condena de Báez y el resto de los imputados en el caso de lavado de dinero: “Frente a ello, el voto mayoritario de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en la resolución que analizaré en adelante, que no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, obviando el nexo del lavado de dinero con la obra pública vial, resulta a todas luces desacertado. Ello por cuanto, si bien la evasión fiscal también ha sido sostenida por el suscripto como delito precedente de las conductas de lavado de Báez, anular como tal a la asignación irregular de obra pública, es esconder una realidad innegable”.

 

 

 

 

 

Sobre aquel fallo de febrero, Marijuán sostuvo: “En efecto, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, el pasado 28 de febrero del año en curso, sentenció confirmar las condenas de Lázaro Báez y la mayoría del resto de los implicados. Sin embargo, estableció como delito precedente ya no la adjudicación irregular de obra pública direccionada sino la evasión fiscal. Esta particular y desafortunada consideración del delito precedente sostiene la postura mayoritaria de la Sala IV Dres. Mariano Borinsky y Angela Ledesma-, que no es compartida por el Dr. Javier Carbajo que insiste y reproduce los fundamentos que hubo de brindar el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 en la condena de todas estas personas, desde mi punto de vista también influye directamente en la desvinculación de Cristina Fernández en esta causa. Ello pues, si se considera que la descomunal masa de dinero que Lázaro Báez lavaba con la compleja maniobra de ‘exportar’ millones de divisas ingresadas al país como una inversión, así como la compra de innumerables muebles e inmuebles, proviene sólo de la evasión fiscal y no de la asignación irregular de la obra pública direccionada a su favor, se aleja el centro de la escena delictual del poder político de esta causa de lavado de dinero aunque no influya en las consideraciones y fundamentos que se efectuaron en punto al fraude contra el Estado Nacional en la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2″.

 

 

 

 

 

Para Marijuán los “desafortunados votos” de Borinsky y Ledesma respecto del delito precedente al lavado, le hicieron replantear las medidas de prueba que pidió y el fondo de la situación.

 

 

 

 

El fiscal resumió la situación del caso en en su dictamen: “A modo de conclusión, reiterando algunos conceptos, vemos que desde las manifestaciones del imputado colaborador Leonardo Fariña se han reunido pruebas que, incuestionablemente, sostuvieron el estado de sospecha que llevó a la indagatoria de Cristina Elisabet Fernández. Sin embargo, el innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral con la consiguiente elevación a un tribunal colegiado de esto obrados para, de esta forma, debatir si la nombrada ha sido instigadora, coautora o partícipe de la maniobra de lavado de dinero que se investiga en autos”.

 

 

 

 

 

Y agregó: “También como afirmé, el sobreseimiento que en esta ocasión propicio respecto de la ex presidenta, en nada conmueve otras situaciones procesales en expedientes en trámite. Es más, hay pruebas ahora colectadas a instancias del suscripto que demuestran un vínculo que va más allá de una relación de amistad o conocimiento entre Lázaro Antonio Báez y Cristina Elisabet Fernández. En esto deseo destacar, aun cuando quede comprendido por el propio estado de sospecha establecido en esta pesquisa, que las visitas de Lázaro Báez a Cristina Fernández en la Quinta de Olivos y la circunstancia que la contactara telefónicamente de manera directa o por sus secretarios privados en más de 300 oportunidades, son una prueba cabal sobre estos aspectos que, indudablemente, deberán confrontarse con otros sucesos críticos o momentos consumativos en otras investigaciones”.

 

 

 

 

El fiscal resaltó lo sucedido en algunas fechas específicas: “En particular y estas pruebas en concreto, hay algunas que me llaman la atención. Así tenemos, como dije, que el día 2 de diciembre de 2010 Lázaro Báez concurrió a la Residencia Presidencial de Olivos donde residía Cristina Fernández. También se encuentra probado que con fecha 20 de diciembre de 2010, el nombrado recibió una llamada telefónica de un abonado correspondiente a la Residencia de Olivos. Ambos eventos, por el momento en que acontecen, coinciden con la ubicación temporal brindada por Fariña cuando afirmó que la ex Presidenta Cristina Fernández le dijo a Lázaro Báez que tenía conocimiento sobre el movimiento de fondos al exterior. Estos datos concretos de la visita a Olivos y del llamado telefónico recibido, ahora reconstruidos probatoriamente, vienen a sostener la afirmación de Leonardo Fariña pero, con ello también, se revitaliza el aspecto que agregó el imputado colaborador en cuanto a que Lázaro Báez le negó a Cristina Fernández todo aquello que tenía que ver con el movimiento al exterior de las divisas con el que se perpetuaba parte del lavado de dinero”.

 

 

 

 

“En suma, señaló Marijuán la prueba de los eventos señalados llamada telefónica y visita a Olivos acerca a la cuestión del lavado de dinero a Cristina Fernández al sostener la versión de Fariña pero, de algún modo, la aleja y no logra responsabilizar penalmente. Aun soslayando o dejando por un momento de lado el anterior razonamiento o conclusión, podríamos dar otro enfoque a la cuestión y preguntarnos por qué Cristina Elisabet Fernández se interesó en esos montos de dinero que se sacaban por Lázaro Báez y otras personas del país. Así, teniendo en cuenta la condena por fraude al Estado Nacional con la adjudicación irregular de obra pública – causa “Vialidad”- podría pensarse como una hipótesis que Cristina Fernández le preguntaba a Lázaro Báez por la exportación de divisas ya que podría haber estado interesada en el producto o destino del dinero obtenido por aquel fraude. Aun así, en esta hipótesis, tampoco el interrogatorio de Cristina Fernández a Lázaro Báez me permite situar en el lavado de dinero que es el objeto de este proceso con la fuerza probatoria que vaya más allá de una sospecha. Todo ello claro está, sin perjuicio de otras valoraciones que puedan hacerse en otros procesos de las innumerables comunicaciones telefónicas, así como de las visitas personales a la ex presidenta”. Fue por ello que pidió el sobreseimiento.

 

 

 

 

 

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