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El Gobierno impuso nuevos cepos al dólar

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso una nueva medida para intentar contener la escalada de los dólares financieros. Fijó un nuevo plazo mínimo de tenencia en cartera para los bonos emitidos bajo ley extranjera.

 

 

Según la resolución 979, publicada este viernes en el Boletín Oficial, quienes operen en ese segmento, de CCL, no podrán hacerse de las divisas hasta 5 días después de concretada la operación. Para los papeles bajo legislación local, seguirá el plazo -conocido como parking- una tenencia mínima de un día hábil.

 

 

 

 

Así, quienes adquieran dólares financieros mediante la compra de bonos GD30, tendrán que esperar cinco días para transferirlos al exterior. En tanto, las operaciones que se realicen a través AL30 seguirá siendo de un día, para disponer de esos fondos.

 

 

 

 

 

La CNV señala que estas modificaciones tienen impacto en la operatoria de las carteras propias de ALyCs (Agentes de Negociación y los Agentes de Liquidación y Compensación).

 

 

 

 

Con las nuevas restricciones, el Gobierno intenta contener la escalada del llamado contado con liquidación, o CCL, que superó los $900 por primera vez el martes 3 de octubre y le marca el ritmo al dólar blue. La decisión del organismo regulador del mercado de capitales se suma a los operativos en bancos y financieras.

 

 

 

Las operaciones para hacerse de dólares con bonos suman nuevas restricciones. (Foto: EFE)

Cuáles son las nuevas restricciones en la compra de CCL

 

 

La resolución general 979 de la CNV, publicada este viernes en el Boletín Oficial, estableció lo siguiente:

 

 

 

 

 

 

Los nuevos controles sobre el mercado financiero

 

 

 

Las nuevas condiciones para operar con el dólar CCL se suman a las impuestas el martes, a través de la resolución 978, por la CNV, en la que se dispuso que las ALyCS deberán informar de manera semanal al organismo regulador del mercado de capitales, la totalidad de las operaciones realizadas para los clientes que posean Clave de Identificación (CDI) o Clave de Inversores del Exterior (CIE).

 

 

 

 

De esta manera, las sociedades de bolsa -que cuenten con CDI o CIE- tendrán que solicitarle a los clientes del exterior, una declaración jurada donde expresen que las operaciones se realizaron con fondos propios. Mientras los que actúen como intermediarios de clientes argentinos deberán enviar a la CNV con tres días de anticipación, un informe que detalle:

 

 

 

 

 

 

(Fuente: TodoNoticias)

 

 

 

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