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Mayores de 60 de la administración publica deberán volver a trabajar

 

 

 

El Gobernador emitirá hoy una nuevo decreto por el cual los trabajadores mayores de 60 años deberán volver a trabajar en la administración publica de la provincia de Misiones

 

 

 

El nuevo decreto derogará el anterior emetido en el Comienzo de la pandemia del Covid-19, por el cual quedaba exceptuados de presencialidad laboral aquellas personas mayores de 60 años, el cual eran considerados del grupo de riesgo

 

 

 

Luego de la inmunización realizada, primeramente a las personas mayores en la provincia, el Gobierno emitirá un decreto que se conocerá los detalles en la próximas horas.

 

 

 

Entre los trabajadores que ya podrán volver a sus habituales puestos de trabajo, figuran, docentes, personal de fuerzas de seguridad, trabajadores sanitarios entre otros.

 

 

 

Se conoció que la aplicación del nuevo decreto seria inmediato,  el reglamento determinara el “deber de asistencia presencial al trabajo, respetando el protocolo sanitario de la administración pública”

 

 

 

En la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Gobernación trabajaban ayer en el nuevo decreto con la firma del gobernador Oscar Herrera Ahuad que establecerá las excepciones a la nueva exigencia.

 

 

La regla general que se determinaría es el “deber de asistencia presencial al trabajo, respetando el protocolo sanitario de la administración pública”.

 

 

 

A su vez, cada cabeza de organismo tendría “las facultades para organizar la prestación del trabajo para adecuarse al protocolo sanitario. De esta manera, quedaría en ellos disponer eventuales desdoblamientos de horarios, burbujas, teletrabajo (ya no es un derecho del empleado sino una facultad de la patronal) etc., cuando lo necesite para cumplir con el protocolo”, agregaron.

 

 

Esos responsables “deberán informar al Ministerio de Salud lo que dispongan en cada caso”.

 

 

El nuevo decreto establecería algunas excepciones que podrán tener “licencia COVID”. Sería únicamente para:

 

• Personas con Inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable); personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).

 

 

• Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento; trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

 

 

 

 

 

 

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