El nuevo proyecto busca la desregulación del derecho societario, permitiendo digitalización plena, objetos sociales amplios y sumisión a leyes extranjeras.
En una nueva avanzada orientada a la desregulación profunda de la actividad económica nacional, la administración central oficializó la redacción y el próximo envío al ámbito legislativo de un ambicioso proyecto de reforma estructural.
La propuesta legal apunta de manera directa a desmantelar los controles burocráticos sobre las organizaciones comerciales, modificando las reglas de juego corporativas para equiparar el marco jurídico local con los estándares de los principales centros de negocios internacionales y atraer flujos de capital productivo.
El anuncio formal anticipó que se remitirá al Congreso de la Nación un proyecto de reforma integral de la Ley General de Sociedades, un cuerpo normativo originado originalmente durante la presidencia de Alejandro Agustín Lanusse. Desde el gabinete nacional argumentaron que la legislación actual responde a un régimen rígido y anacrónico cimentado sobre la desconfianza hacia el sector privado, por lo que la actualización propuesta busca consolidar un sendero de crecimiento económico a través de la autonomía de las partes, la libertad contractual y la flexibilización de los registros públicos.
Fin de la tutela estatal y apertura al derecho internacional
El eje principal del nuevo ordenamiento legal radica en la eliminación de la intervención administrativa sobre los acuerdos organizacionales entre privados. Con las modificaciones planteadas, las normas de la ley pasarán a tener un carácter estrictamente supletorio, otorgando al estatuto de cada firma la validez jurídica máxima para regular sus negocios. Las restricciones del Estado tendrán un carácter meramente excepcional y de interpretación restrictiva, impidiendo de forma taxativa que los registros públicos de comercio dicten resoluciones o disposiciones que limiten las actividades o los alcances que la propia ley general permite.
Entre los cambios operativos más trascendentales se destaca la flexibilización absoluta del objeto social de las compañías, el cual podrá ser amplio, plural y carecerá de la obligación de demostrar conexidad entre sus diferentes actividades comerciales. De hecho, el texto contempla que si una firma no consigna un objeto explícito en su estatuto constitutivo, se interpretará de forma automática que la sociedad se encuentra plenamente facultada para realizar cualquier tipo de actividad que resulte lícita.
Asimismo, las empresas quedarán autorizadas a someter sus disputas o conflictos de índole interna al derecho extranjero o mercantil internacional, e incorporar cláusulas arbitrales en sus actas para resolver controversias de manera ágil sin quedar sujetas a los tiempos de la justicia ordinaria local, replicando esquemas legales de polos globales como Dubái.
Digitalización corporativa plena y legajos electrónicos
La modernización del sistema se apoya firmemente en un esquema tecnológico de despapelización total para el ecosistema corporativo. El proyecto normativo habilita la digitalización plena de los procesos societarios, abarcando la obligatoriedad del domicilio electrónico, la validez legal de libros y registros contables enteramente digitales, y la realización de asambleas de accionistas o directorios mediante plataformas de conectividad a distancia. Con esta nueva arquitectura digital, los expedientes en formato papel pasarán a formar parte de la historia administrativa del país.
Del mismo modo, la reforma contempla mecanismos para acelerar las instancias de fundación corporativa, permitiendo la constitución formal de las sociedades comerciales mediante el uso exclusivo de la firma digital o electrónica. Este ecosistema se complementará con la creación de un legajo digital público para cada empresa, permitiendo un acceso transparente, rápido y sin intermediaciones burocráticas a la información de las firmas registradas, lo que a criterio del equipo económico nacional redundará en una mayor libertad para el empleo y los negocios.

